sábado, 18 de junio de 2011

Informe 2011 sobre los derechos humanos en Argentina elaborado por el CELS

Cels Final 2011

Corte Suprema de EEUU ordena liberar a miles de presos en California

Por Lucile Malandain (AFP) – 23/05/2011

WASHINGTON — La Corte Suprema de Estados Unidos ordenó el lunes la liberación de miles de presos de las cárceles de California (oeste) al considerar que el hacinamiento ha causado "sufrimiento y muertes innecesarias", una medida que las autoridades estatales se aprestan a cumplir.

En una reñida decisión de cinco votos contra cuatro, la máxima instancia judicial estadounidense afirmó querer responder a una situación "excepcional".

Los cuatro magistrados más conservadores de la Corte que se pronunciaron en contra dijeron que su fallo equivalía a pedir la liberación de más de 30.000 presos, en "tal vez la orden más radical en la historia del país".

El fallo obedece a una demanda presentada por dos prisioneros que se quejaron de sus condiciones de vida dentro de las prisiones superpobladas de California, donde existen 33 cárceles con más de 143.000 presos, un récord en Estados Unidos.

"Por falta de camas, los internos suicidas pueden pasar largos períodos en una jaula del tamaño de una cabina telefónica", dijo la Corte Suprema en su sentencia, y citó el caso de un prisionero "que permaneció durante casi 24 horas nadando en su orina, estupefacto".

La Corte Suprema citó varios ejemplos más acompañados de fotografías, algo excepcional en una decisión de la máxima instancia judicial.

El problema de la superpoblación y su regulación por parte del gobierno federal concierne a todos los estados de un país donde casi ocho de cada 1.000 habitantes son encarcelados.

El gobernador demócrata Jerry Brown expresó su conformidad con el fallo y propuso un proyecto de ley para reducir la población carcelaria transfiriendo a las cárceles de condado a los presos por violar la libertad condicional o que no son peligrosos.

California tiene dos semanas para proponer un plan que le permita reducir su población carcelaria en más de 33.000 presos en un plazo de dos años.

"Mientras trabajemos para llevar a cabo el fallo del tribunal, tomaré todas las medidas necesarias para proteger la seguridad pública", dijo el Gobernador.

"El estado va a respetar la orden de la corte y la cumplirá", dijo en una conferencia de prensa telefónica Matthew Cate, secretario del Departamento de Correccionales y Rehabilitación de California (CDCR, por sus siglas en inglés).

Políticos republicanos locales se expresaron en contra del fallo del lunes, alimentando los temores de que la medida traerá problemas de seguridad ciudadana.

Las imágenes de gimnasios llenos de prisioneros tratando de abrirse paso entre los cientos de literas habían impactado en la opinión pública en 2006.

El origen del caso se remonta a las demandas que hicieron dos prisioneros, una en 1990, otra en 2001, en nombre de todos sus compañeros, en la que planteaban que sus derechos constitucionales fueron violados cuando tuvieron que esperar meses para recibir algún tipo de asistencia médica.

El personal médico y psiquiátrico, así como el número de guardias, no han aumentado en cantidades satisfactorias y los proyectos de construcción de nuevas prisiones se paralizaron por la crisis económica.

En 2009, tres jueces federales ordenaron la liberación de 46.000 detenidos, considerando que el gobierno federal tenía conocimiento, después de 20 años, de que la situación no era ni legal ni sostenible.

Fue ésta la decisión judicial que la Corte Suprema confirmó el lunes e insistió en que dejaba "la elección de los medios para reducir el hacinamiento (...) a discreción del gobierno" si era capaz de encontrar una alternativa rápida".

La influyente organización de libertades civiles ACLU aplaudió una decisión que "encarna la necesidad de California de invertir en una reforma de los procedimientos de condenas y libertades condicionales, especialmente para los pequeños hurtos sin violencia".

ACLU recordó que la reducción de la población carcelaria "ahorrará a los contribuyentes 500 millones de dólares al año".

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Proyecto de Ley: Juicio por jurados en Buenos Aires

El bloque legislativo del Frente para la Victoria-PJ presentó un proyecto de ley que impulsa la implementación en la provincia de Buenos Aires del sistema de juicios por jurados en los procesos penales.
El texto -que recibió el visto bueno del gobernador Daniel Scioli- apunta en rigor a reglamentar una iniciativa incluida en la Constitución nacional y en la bonaerense de 1994. Hasta el momento, todos los intentos de hacer realidad ese dictamen cayeron en saco roto ante la falta de consenso.El proyecto que motorizan ambos bloques -liderados por Raúl Pérez (Diputados) yOsvaldo Goicoechea (Senado)- contempla la incorporación al Código Procesal Penal del sistema de juicios por jurados para los casos de delitos de homicidio, abuso sexual, corrupción de menores, privación ilegítima de la libertad y homicidio en ocasión de robo, entre otros. No alcanzará en cambio a imputados sujetos al fuero de la responsabilidad penal juvenil. Los jurados populares estarán integrados por 12 miembros titulares y 6 suplentes de la provincia, y deberán reflejar los diversos sectores existentes en la comunidad. Su tarea será la de determinar la culpabilidad o inocencia del acusado. El juicio será presidido por un magistrado del Tribunal en lo Criminal, que tendrá luego que determinar la calificación legal del delito y la pena, en el caso en que el jurado lo considere culpable. Para un pronunciamiento de culpabilidad se requerirá el voto afirmativo de ocho de sus miembros. En caso de no alcanzarse esa mayoría, la cuestión será debatida hasta tres veces y, de mantenerse la situación, se absolverá al acusado. Para ser jurado será necesario ser argentino nativo o naturalizado con no menos de 5 años de ciudadanía, tener entre 18 y 65 años, estar domiciliado en el departamento judicial del tribunal competente, haber completado los estudios primarios y no tener condena por el delito de falso testimonio. No podrán ser miembros del jurado quienes se desempeñen en cargos públicos ejecutivos y legislativos, integrantes de las fuerzas de seguridad, abogados, escribanos y procuradores. La lista de personas que integrarán el jurado será determinada por sorteo público entre los miembros del padrón electoral correspondiente.Con esta iniciativa (que ya se aplica en Córdoba y Chubut, y que avanza en Neuquén), el oficialismo legislativo se sumerge en pleno año electoral en uno de los flagelos que más inquietan a la ciudadanía bonaerense y que se traducen en votos a la hora del llamado de las urnas. Esa delicada postal incluye cuestionamientos a la actuación de la Justicia. «Hay una fuerte demanda de la sociedad respecto de los casos de abusos y violaciones, a partir de algunos fallos de la Justicia con criterios blandos, que incluyeron rebajas de penas en casos que después tuvieron amplia resonancia pública», explicó una fuente legislativa. A priori la pretensión del FpV-PJ no es intentar aprobar el proyecto antes de las elecciones del próximo 23 de octubre, porque apostarán a que la iniciativa coseche un «amplio consenso».El modelo bonaerense tiene similitudes con el sistema americano de juicios por jurados, y entraña algunas diferencias con el que se aplica ya en Córdoba. Por caso, en tierra mediterránea además son juzgados los denominados «delitos de guante blanco», mientras que -resaltan voces legislativas bonaerenses- es obligatorio que la mitad del jurado sea conformado por abogados.«Preparamos reinstalar en la agenda de debate de la Legislatura para los próximos meses el juicio por jurados», aseguró ayer Raúl Pérez, además de destacar que se trata, «técnicamente, de la posibilidad de que algunos delitos sean juzgados por los propios vecinos, por los propios ciudadanos».Según Pérez, «el gobernador (Daniel Scioli) está al tanto, le gustó muchísimo y es sumamente respetuoso del procedimiento legislativo». El legislador remarcó que Cristina de Kirchner, «cuando era senadora nacional, presentó un proyecto de juicio por jurados que no se llegó a sancionar», y resaltó también que «en la Legislatura provincial se presentaron varios proyectos que no lograron el consenso adecuado».«Con esta iniciativa de ambos bloques oficialistas esperamos que se tome un nuevo impulso para que definitivamente la provincia de Buenos Aires, con normas propias, pueda implementar el juicio por jurados», enfatizó.

Proyecto Reforma Juicio Por Jurados Bs. as.

XXVI CONGRESO NACIONAL DE DERECHO PROCESAL

Nuevamente los integrantes de la Cátedra participaron en el XXVI CONGRESO NACIONAL DE DERECHO PROCESAL -en homenaje a los Doctores Roland Arazi y Jorge Vázquez Rossi-, cuyo lema fue “Para repensar el proceso, revisemos los principios”, que se realizó en la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, durante los días 08, 09 y 10 de junio de 2011.

La temática principal del encuentro científico transitaro el tratamiento de los “Principios Procesales”, con abordaje y debate en las distintas comisiones previstas : Procesal Civil, Procesal Penal, Familia, Niñez y Adolescencia, Procesal Laboral, Procesal Concursal y Procesal Constitucional.

Las sesiones y exposición de ponencias se llevaron a cabo en el Centro de Convenciones Los Maderos y en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL. Contando asimismo con las conferencias magistrales de destacados procesalistas de nuestro país y del extranjero.

El XXVI Congreso Nacional es organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, con el patrocinio de la Asociación Argentina de Derecho Procesal y el aporte académico del ATENEO de Estudios del Proceso Civil de Rosario.

A continuación, las ponencias presentadas por nuestros docentes.

El jurado como único sistema imparcial de juzgamiento: Análisis de dos problemas concretos en el acusatorio

El jurado como único sistema imparcial de juzgamiento. Cortazar Maria

EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL ACUSATORIO Su aplicación práctica en el desempeño de los sujetos en el juicio penal

El principio constitucional acusatorio. Ares, José Luis-Carnevale, Carlos

“Convencionalidad del art.11 de la Acordada 4/2007 CSJN”

Convencionalidad del art.11 de la Acordada 4/2007 CSJN. Nicolás M. de la Cruz

"Un enfoque de la garantía del plazo razonable en el proceso penal juvenil desde el principio del interés superior del niño"

Un enfoque de la garantía del plazo razonable en el proceso penal juvenil desde el principio del interés su...